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Una juez rechaza la querella de Vox por tráfico de influencias de Begoña Gómez en la Complutense

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Abc.es 
La titular del Juzgado de Instrucción número 34 de Madrid, Coro Monreal, ha archivado la querella que VOX había presentado contra Begoña Gómez por la cátedra y el master que dirigía en la Universidad Complutense de Madrid tras descartar que concurran indicios del delito de tráfico de influencias que señalaban, entre otras razones porque ya dirigía una titulación «antes incluso de que su esposo fuera Presidente del Gobierno». En una resolución a la que tuvo acceso ABC, la instructora expone que tras analizar el relato y los anexos a la querella «se llega a la conclusión de que los hechos denunciados no revisten carácteres de delito pues del propio relato expuesto se desprende que se basa en meras sospechas y conjeturas, que no en indicios sólidos». Los de Santiago Abascal presentaron esta querella en los juzgados de Madrid cuando ya estaba en marcha en el juzgado de Instrucción número 41 la causa que investiga a Begoña Gómez por corrupción en los negocios y tráfico de influencias a partir de unos contratos, la misma que ha acabado abarcando también su relación con la cátedra extraordinaria en la Complutense -el rector, de hecho, está imputado- y los patrocinios que recibió. La juez Monreal recibió el asunto por reparto y abrió diligencias para analizar el relato de la querella, que además del acceso a la cátedra en sí, ponía el foco en un contrato para la realización de un software vinculado a la formació n que después figuraría a su nombre en el registro de marcas y patentes. «Se dice que desde la cátedra y con fondos públicos se ha hecho provecho de los contactos, visibilidad e intervenciones desde un ámbito institucional como la UCM para facilitar de forma subrepticia la actividad empresarial» de Begoña Gómez, resume la juez sobre la querella, que refería una «dudosa adecuación a la legalidad de la creación y desarrollo de la cátedra y la utilización de la misma con fines espurios y personales». Sin embargo, la juez considera que Vox sustenta sus afirmaciones en «conjeturas». Sobre el expediente de contratación del software, que recayó sobre Deloitte, «no se aprecia que se haya desarrollado fuera de las normas que regulan la contratación del sector público» y además, la querella partía en esto «de un error» porque la fecha que indicaban como inicio de la tramitación no era correcta. En cuanto al proceso en sí, «ninguna influencia consta que haya podido ejercer (Begoña Gómez) en el funcionario que dicta la primera resolución» que puso en marcha el expediente para el contrato, «ni sobre los miembros de la mesa de contratación pese a que en el mentado expediente obrase unido el pliego de prescripciones técnicas firmado por la querellada y previo a la memoria de contratación» que luego suscribió el codirector de la cátedra. «La presión moral que la querellada tendría que haber ejercico prevaliéndose de su relación marital lo debería haber sido con el funcionario o sobre la presidenta, vocales y secretaria de la Mesa de Contratación» para constituir un delito de tráfico de influencias, expone el auto. Añade que mientras Vox veía reprochable que Gómez redactase ese pliego a pesar de no tener la cualificación técnica necesaria, «se ha de tener en cuenta que la querellada inició su relación con la Universidad Complutense de Madrid antes incluso de que su esposo fuera presidente del Gobierno de la Nación, relación de parentesco que, por sí sola, no justificaría la existencia de prevalimiento conforme a la doctrina jurisprudencial».