ru24.pro
World News
Сентябрь
2024

Sala IV declara incumplimiento de sentencia y ordena a ministro recuperar bosques de Gandoca-Manzanillo

0

La Sala Constitucional informó este martes de que autoridades del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) y Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) incumplieron una orden emitida por el tribunal constitucional de delimitar y recuperar bosques del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, en Talamanca, Limón.

En consecuencia, la Sala IV se declaró el incumplimiento de la sentencia 2019-012745 del 10 de julio de 2019 y ordenó a David Chavarría Morales y Franz Tattenbach Capra, en sus condiciones respectivas de director del Sinac y ministro de Ambiente, que dispongan lo necesario, coordinen lo pertinente y tomen las medidas que correspondan dentro del ámbito de sus competencias para que, de inmediato, tal resolución sea acatada.

“La Sala Constitucional constató el incumplimiento de la sentencia en la que se le ordenaba al Minae y al Sinac delimitar 188 hectáreas boscosas en el Refugio Gandoca-Manzanillo. Ante tal incumplimiento, la Sala le ordena a las autoridades respectivas proceder de inmediato con la delimitación de esa área boscosa”, indicó Fernando Castillo Víquez, presidente del tribunal.

Además, agregó el magistrado, deben presentar informes mensuales de los avances en la delimitación.

Castillo Víquez indicó que también se ordenó al procurador general de la República, Iván Vinicio Vincenti Rojas que, una vez que el Sinac haya delimitado esa área boscosa y se determine que hay bienes que pertenecen al patrimonio público, ejerza las acciones legales que correspondan.

La gestión de incumplimiento fue presentada por Marco Levi Virgo, presidente de la Asociación de Desarrollo para la Ecología, quien en el 2014 interpuso la acción de inconstitucionalidad contra la Ley N.º 9223, lo que dio origen a la sentencia de 2019.

Sinac incumple orden de recuperar 188 hectáreas de Refugio Gandoca-Manzanillo dictada en 2019

Esa normativa desafectó bosques del Refugio, por lo que al ser declarada inconstitucional la desafectación quedaba sin efecto. Por esta razón era necesario delimitar esas 188 hectáreas (ha) que habían quedado sin protección para reintegrarlas como patrimonio natural del Estado.

El manejo de los terrenos que debieron reintegrarse al Refugio es objeto de investigaciones que buscan determinar su hubo delito en las actuaciones de funcionarios del Ministerio de Ambiente y de la Municipalidad de Talamanca, así como del empresario Allan Pacheco Dent, representante de una sociedad anónima que tiene inscrita una propiedad que estaría en zona protegida.

Sinac había negado orden de Sala IV

El pasado 24 de junio, Maylin Mora Arias, directora del Área de Conservación La Amistad Caribe del Sinac, negó que la Sala IV les hubiera ordenado delimitar el área del Refugio con el fin de incluir en un nuevo trazado las 188 ha boscosas de esa zona protegida.

Mora hizo las manifestaciones durante una comparecencia ante la Comisión Legislativa de la Provincia de Limón, donde se abordó el otorgamiento de permisos para tala por parte del Sinac en el Caribe Sur, hecho que está bajo investigación de la Fiscalía Adjunta Ambiental del Ministerio Público.

Sinac niega que Sala IV ordenara delimitar 188 hectáreas de bosque en Caribe Sur

La declaración de la jefa del Sinac se dio cuando el diputado Ariel Robles, del partido Frente Amplio, le consultó qué insumos técnicos utilizó Sinac para trazar los nuevos límites del Refugio conforme la sentencia 12745-2019, en la cual, recordó el congresista, se declaró inconstitucional la Ley 9223 respecto a la cobertura boscosa.

Mora Arias respondió: “La ley no fue declarada inconstitucional en cuanto a los límites del Refugio”.

Al día siguiente de esa declaración, la Sala IV emitió un comunicado en el cual se vio en la obligación de aclarar el contenido de la sentencia del 2019, en la que ordenó un nuevo trazado.

Chaves minimiza tala en Gandoca: cortaron 23 árboles

Con la decisión de este 10 de setiembre, la Sala IV ratifica lo dispuesto en aquella resolución y señala el incumplimiento por parte de las entidades públicas.