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Сентябрь
2024

Prohíben el consumo de una planta "milagrosa" por ser peligrosa para la salud

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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió un producto identificado como "Moringa", planta que se usa para potenciar las defensas de manera natural.

Identificado como "Moringa en polvo marca Natureva, Agroecológica y Sustentable", no cumplía con la normativa alimentaria vigente, según se especificó en la disposición 8070/2024 publicada este lunes en el Boletín Oficial (BORA).

¿Cuál es el producto detectado como "ilegal"?

Según la descripción señalada en el considerando, el artículo es elaborado por la Cooperativa de Productores Agropecuarios y Apícola El Abrazo Cordial Limitada de Chaco.

Las irregularidades se detectaron a partir del reclamo de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), quien realizó las consultas correspondientes, mediante el Sistema de Información Federal para la Gestión de Control de Alimentos (SIFeGA), a la dirección de bromatología provincial. 

El INAL debía verificar que la información exhibida en el rótulo del producto investigado. La dirección de bromatología informó que la Moringa "es inexistente".

A la vez que constató que la Cooperativa de Productores Agropecuarios y Apícola El Abrazo Cordial Limitada es titular del establecimiento "SENTA LUI NEI" con registro vigente en el rubro elaboración de "Alimentos Azucarados" en la categoría "Productos de Confitería", y que el número de Registro Provincial de Establecimiento (RPE) N° 06000680 se encuentra dado de baja desde el año 2019.

El producto detectado como "ilegal".

Por ende, bromatología chaqueña, junto con su par municipal, realizó una inspección en el establecimiento Senta Lui Nei, donde encontró envases de 75 gramos con "producto sin identificar y sin rótulo".

Según explicó la presidente de la Cooperativa de Productores Agropecuarios y Apícola El Abrazo Cordial Limitada, se trata de "Moringa cuyo fraccionamiento y envasado no se realizó en el establecimiento".

¿Qué determinó la ANMAT sobre la Moringa?

Por tratarse de un producto que "no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado" en un establecimiento determinado, la suspensión o cancelación de su producción queda circunscripta a la planta de origen.

"El producto no podrá ser comercializado ni expedido en ninguna parte del país, cualquiera sea la jurisdicción en que se aplique la medida". El departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda "prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en los sitios de venta en línea del citado producto".

Disposición 8070/2024 de la... by Karen Costas