Diputados aprueban plan para regular construcción y operación de embarcaderos vecinales
Con el voto unánime de 39 diputados, la Asamblea Legislativa aprobó en primer debate, un proyecto de ley que busca regular la construcción y operación de embarcaderos vecinales en las comunidades costeras del país, con el objetivo de promover el desarrollo de actividades locales.
Se trata del expediente 23.358, impulsado por la diputada Kattia Cambronero, del Partido Liberal Progresista (PLP), que tiene la finalidad de crear un marco normativo que permita desarrollar pequeños muelles para embarcaciones menores a las 50 toneladas.
Dentro de ese marco normativo, se incluyen las regulaciones para solicitar, construir, diseñar y utilizar los embarcaderos vecinales, incluyendo quiénes pueden construirlos y tener la concesión de ese tipo de infraestructuras.
El proyecto considera como embarcaderos vecinales a las instalaciones en las costas o riberas fluviales para embarque y desembarque de personas y cargas livianas, para el servicio de atraque de embarcaciones menores que se dediquen a transporte de pasajeros, carga, recreo, uso particular, pesca artesanal o rescate.
La propuesta establece las municipalidades respectivas como la autoridad competente para otorgar la concesión de un embarcadero vecinal, tanto para construcción y administración, como para explotación de esas infraestructuras.
El proyecto impide que ese tipo de embarcaderos se puedan construir en áreas de manglar, parques nacionales y reservas biológicas, salvo en los casos en que haya un plan de manejo del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae), cuando se habilite la construcción de un muelle.
Según la proponente, existen dos leyes que regulan y categorizan los atracaderos, pero ninguna incluye a los embarcaderos vecinales, que “son de uso más habitual para los pobladores de pequeñas comunidades costeras”, y más bien establecen la regulación para otras actividades, como marinas y atracaderos turísticos, o para muelles de actividades comerciales de mayor tamaño.
La regulación aprobada por los diputados determina que el plazo de concesión de un embarcadero vecinal es por un máximo de 15 años y mínimo de cinco, prorrogable por periodos iguales, de forma consecutiva, a solicitud del concesionario.
“El plazo del contrato de concesión y de su prórroga se determinarán tomando en cuenta las características, la complejidad y la magnitud de los proyectos, así como su viabilidad económica y rentabilidad financiera”, dice el proyecto aprobado.
Requisitos de embarcaderos vecinales
Un embarcadero vecinal deberá contar, según la legislación, con instalaciones para el atraque, amarre de embarcaciones y desembarque de personas y carga, así como la rotulación de las normas técnicas de seguridad vigentes, equipo contra incendios y cumplir con la Ley de igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad (7600).
El proyecto también crea un Registro Nacional de Embarcaderos Vecinales, dentro de la División Marítimo Portuaria de la Dirección de Infraestructura del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT).
Para solicitar una concesión de construcción y operación de un embarcadero vecinal se deberá pagar un canon, que será definido en el reglamento de la ley.
En la regulación se establece que las autoridades podrán cancelar la concesión de un embarcadero vecinal por falta de pago del canon, o bien por incumplimiento de obligaciones legales, reglamentarias o contractuales por parte del interesado, o de las obligaciones ambientales, así como por la condena en firme del concesionario, a causa de un delito contra el ambiente, la vida o la salud.