El Gobierno cambió el Programa Acompañar: se suman requisitos y anularán su pago después de este plazo
El Gobierno nacional oficializó este lunes dos nuevas modificaciones de acceso y permanencia aplicables al Programa Acompañar.
A través del Decreto 755/2024 firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos y el titular de la cartera de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, se efectivizó el agregado de una acreditación de situación de riesgo por violencia por motivos de género bajo carácter condicional.
Además, se reglamentó la reducción del plazo de cobertura: dejará de ser de 6 meses para ahora sólo 3.
El beneficio que, según el último reporte de datos públicos alcanzó en 2023 a más de 350.000 mujeres y LGBTI+, ascenderá desde septiembre a un monto de $ 268.056,50. Esta suma se corresponderá con el valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM).
¿Cuáles son los nuevos requisitos para cobrar el Programa Acompañar?
El artículo 1° del Decreto 755/2024 modificó el punto 4° referido a condiciones de acceso al Programa Acompañar: desde este lunes se requerirá una acreditación de la situación de riesgo por violencia por motivos de género.
Su exposición se traducirá mediante la confección de un informe social de un dispositivo de atención oficial de violencias local, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). Asimismo, se requerirá la realización de la denuncia judicial o policial.
¿Cuánto pagarán por el Programa Acompañar?
El artículo 2° alteró el plazo de cobertura económica de la iniciativa lanzada en 2020:
"La prestación económica consistirá en una suma de dinero no reintegrable, de carácter personal, no renovable y no contributiva por el valor de UN (1) salario mínimo vital y móvil, que se abonará durante TRES (3) períodos mensuales consecutivos, a las mujeres y personas LGBTI+ en situación de riesgo acreditada por violencia por motivos de género, de conformidad con lo que se establece en el presente", sintetizó el texto.