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Август
2024

Esta es la elevada multa para los que abandonen a sus mascotas este verano

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España ostenta el triste récord de abandono de mascotas: cada año más de 300.000 animales de compañía son abandonados a su suerte en nuestro país. Y el verano es una de las épocas del año en que más perros y gatos domésticos son "tirados" en gasolineras, carreteras, descampados o centros de adopción. En época estival se abandonan unos 100.000 animales, según las cifras que maneja Pacma.

Para paliar que los propietario de mascotas se lo piensen antes de deshacer de sus animales de compañía, la Ley de Bienestar Animal ha incrementado las sanciones para las personas que abandonen o maltraten a sus mascotas. De esta forma, las multas pueden oscilar entre los 500 y los 50.000 euros, según la gravedad del caso.

La legislación española aborda el maltrato y abandono de animales tanto en el ámbito penal como administrativo, con el objetivo de proteger a los animales y reducir la incidencia de estos actos inhumanos, tal y como recuerdan desde Legalitas.

Tipos de infracciones

La Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales establece un marco común en todo el territorio español y sanciona las infracciones de acuerdo a su gravedad.

De esta forma las infracciones leves, que incluyen situaciones donde el propietario no cumple con las obligaciones básicas de cuidado y mantenimiento de la mascota, pueden ser sancionadas con una amonestación o una multa de 500 a 10.000 euros.

Mientras, las infracciones graves, entre las que se encuentran el abandono deliberado o el maltrato severo que ponga en riesgo la vida y el bienestar del animal, podrán ser sancionadas con multas de 10.000 hasta 50.000€.

Según explica Legalitas, estas sanciones son las de carácter principal, junto con ellas se pueden imponer medidas accesorias como pueden ser, entre otras, la retirada de armas, suspensión de licencias en materias reguladas por la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, sin perjuicio, de las sanciones que puedan establecerse por cuestión de protección y seguridad ciudadana como de armas.

En algunos de los casos no solo es abandono, muchas de las mascotas son encontradas con claros signos de maltrato que conlleva unas sanciones más estrictas.

Además, el maltrato animal en España está tipificado en el Código Penal, que sanciona estos delitos con penas severas para garantizar su protección:

En caso de maltrato, se contemplan penas de prisión de 3 a 18 meses o multa de 6 a 12 meses, además de inhabilitación especial de 1 a 3 años para ejercer profesiones relacionadas con animales. Esto incluye situaciones donde los animales se mantienen atados o deambulan sin rumbo.

Si el maltrato deriva en la muerte del animal, las penas se elevan a prisión de 12 a 24 meses e inhabilitación especial para trabajar con animales de 2 a 4 años. Este agravante se aplica cuando el maltrato acaba en la muerte del animal, reflejando la gravedad del acto.

Obligaciones legales

Tener un animal de compañía implica, además del cariño, cuidados básicos, respeto y alimentación, una serie de obligaciones legales reguladas por leyes autonómicas y municipales. A nivel general, todos los dueños de animales de compañía deben cumplir con las siguientes normas básicas:

1- Identificación electrónica. El animal debe llevar un microchip homologado, lo cual permite su localización y recuperación en caso de pérdida o robo. Este sistema es fundamental para asegurar que los animales no sean abandonados sin posibilidad de rastreo.

2- Cartilla sanitaria oficial. Es obligatorio disponer de una cartilla sanitaria para la mascota, en la que se registren todas las vacunaciones y tratamientos veterinarios. Esto garantiza que la salud del animal está controlada y que se previenen enfermedades que podrían afectar también a las personas.

3- Inscripción en el registro censal municipal. Debe realizarse en un plazo de tres meses desde el nacimiento del animal o treinta días desde su adquisición. El propietario deberá proporcionar su nombre, domicilio, teléfono y DNI, así como los datos del animal como especie, raza, sexo, fecha de nacimiento, código de identificación y domicilio habitual.