Fiscalía investiga por violación a sospechoso de retener a una menor de 12 años por 20 días en Pococí
El Juzgado Penal de Pococí dictó seis meses de prisión preventiva contra un hombre de apellidos Quirós Quesada, quien es sospechoso de violación contra una menor de 12 años que vivía en el mismo barrio en Suerre de Jiménez, Pococí, y a quien, al parecer, habría seducido por medios electrónicos.
En este caso, la menor estuvo desaparecida durante 20 días, y fue el miércoles pasado cuando los agentes del Organismo de Investigación Judicial de Pococí lograron el rescate de la niña y la posterior captura del sospechoso, un hombre de 42 años con antecedentes por homicidio.
La medida impuesta la confirmó el Ministerio Público la tarde de este sábado en sus redes sociales, donde también indicó que la madre de la víctima es sospechosa de los delitos de incumplimiento de patria potestad, favorecimiento real y favorecimiento personal.
De acuerdo con el abogado penalista y exjuez Ewald Acuña, la pena por violación calificada es de 16 años por cada acto, hasta un máximo de tres (art. N.° 156 del Código Penal). Además, por el delito de seducción o procuración de encuentro, la pena es de 4 años (artículo N.° 167). A esto se podrían sumar cargos por sustracción de menor, lo que expondría al sospechoso a penas considerablemente elevadas.
En cuanto a la madre, Acuña explicó que el delito de favorecimiento personal conlleva penas de hasta dos años, el favorecimiento real hasta cuatro años, y el incumplimiento de patria potestad puede ser castigado con hasta dos años de prisión, según consta en los artículos N.° 329, N.°332 y N,° 188 del Código Penal.
Contra la mujer, de apellidos Mora Brenes y de 43 años, el Juzgado Penal ordenó la medida cautelar de no acercarse ni tener contacto con su hija. Mora quedó en libertad, pero sigue sujeta al proceso judicial, mientras tanto su hija quedó al cuidado del padre biológico, a quien le fue entregada por parte del Patronato Nacional de la Infancia PANI.
A la madre de la menor se le atribuye el delito de favorecimiento personal, que se configura cuando se encubre o ayuda al autor del delito para procurar su impunidad.
Por su parte el favorecimiento real se da cuando se ayuda a lograr la desaparición, ocultación o alteración de rastros, pruebas o instrumentos en beneficio de la acción delictiva. Este es el mismo delito por el cual se dictó una condena de dos años al abogado penalista Leonel Villalobos Salazar, por apropiarse de una evidencia en un caso de posible narcotráfico en Alajuela.
Según las sospechas que investiga la Fiscalía, la madre de la menor conocía la situación y la habría tolerado por razones que están bajo investigación.
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