La jueza rechaza otro recurso del hermano de Sánchez contra la investigación de sus correos incautados
La jueza que investiga al hermano de Pedro Sánchez por prevaricación, tráfico de influencias, malversación y fraude fiscal ha desestimado otro recurso en el que su defensa pedía que se dejasen fuera de la causa los correos electrónicos de su cuenta corporativa como trabajador de la Diputación de Badajoz que fueron incautados por la UCO en sendos registros de la sede de la institución.
Concretamente, en este segundo recurso David Sánchez pedía que los correos que durante el primer registro no pudieron ser descargados correctamente por la Unidad de la Guardia Civil y fueron en una segunda entrada volcados no fueran investigados en el procedimiento, al igual que solicitó previamente con el resto de las comunicaciones.
La magistrada del Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz rechaza anular su investigación porque se incautaron por segunda vez "tras no mostrar contenido por errores informáticos" una parte de lo volcado en el primer registro y se procedió a repetir la actuación "para la efectividad del cumplimiento" de lo que la propia instructora había ordenado a las fuerzas policiales en un auto.
Una diligencia, señala la instructora, "acordada y razonada" y cuya repetición tuvo que ser efectuada "por los motivos expuestos", en referencia al error en el volcado inicial.
De igual forma, la jueza Beatriz Biedma resuelve que, ya en primer lugar, no debería haberse admitido a trámite el recurso en el juzgado del que es titular porque se presentó, expone, "fuera del plazo de tres días" estipulado para los de reforma.
"El auto del 18 de julio fue notificado al señor Sánchez ese mismo día y el recurso fue presentado el 25", cuatro días más tarde del límite procesal para su interposición.
Esta misma semana el juzgado pacense desestimó otro recurso de reforma presentado contra la autorización del primer registro, que la UCO efectuó el día 10 de julio en la sede de la Diputación provincial.
Su defensa pidió la anulación de la diligencia bajo los argumento de que la interceptación de los correos electrónico en las condiciones en que se recabaron iba en contra del derecho al secreto de las comunicaciones del hermano del presidente del Gobierno como director de la Oficina de Artes Escénicas de la institución.
La magistrada Biedma negó que se tratase de una investigación prospectiva ya que se concretado en todo momento "cuáles son los hechos objetos de investigación", se han expuesto los "indicios" de delito por parte del hermano de Sánchez que existen y la institución que existen y se han cumplido "cada uno de los requisitos" que impone la legislación para llevar a cabo una intervención de comunicaciones como la que se ha llevado a cabo.
Asimismo, argumenta la instructora que la razón de ser de la diligencia es "determinar cuál ha sido su concreta participación en los hechos" bajo sospecha y, detalla en el auto, que el "recabo de datos" en el contenido de los correos se limitará a lo que tenga "relación directa con los hechos objetos de concreta investigación".
Y también, apunta en el auto, que esta medida de entrada y registro "no podría haber sido suplida" por una declaración de testigos o requerimientos de documentación a la Diputación, más aún, recuerda, "cuando los realizados han sido insuficientes".
Por tanto, apoyándose en jurisprudencia, resuelve la desestimación del recurso porque la "afectación" a su derecho a la privacidad digital es "mínima, pues únicamente afecta a comunicaciones realizadas en el desempeño de su función laboral".
La investigación, que nació a raíz de una denuncia de Manos Limpias a la que se sumó Abogados Cristianos como acusación particular, continúa.