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Август
2024

Planes de ahorro: la buena noticia para quienes hayan comprado un auto 0 km y deban cuotas

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 El Gobierno nacional oficializó este viernes un nuevo cambio en los planes de ahorro para autos 0 km, con un beneficio para todos aquellos que vieron afectado el incremento de las cuotas por el escenario inflacionario que atraviesa el país.

La medida, publicada en el Boletín Oficial a través de la resolución general 17/2024 de la Inspección General de Justicia, alcanza a las entidades bajo la modalidad "grupos cerrados".

A partir de ahora, estas deberán ofrecerle a quienes hayan firmado contrato antes del 31 de diciembre de 2022 la posibilidad de diferir un 20% de la alícuota en hasta 12 cuotas.

"Las entidades administradoras de planes de ahorro bajo modalidad de 'grupos cerrados', deberán ofrecer a los suscriptores, de grupos vigentes a la fecha de la presente resolución, titulares de contratos cuyo agrupamiento se haya producido con anterioridad al 31 de diciembre de 2022, la opción de diferir el 20 % de la alícuota y carga administrativa en hasta un máximo de doce cuotas consecutivas por vencer al momento de ejercerse la opción", señala la resolución.

"La opción de diferimiento deberá ser ofrecida a partir de la fecha de vigencia de esta resolución y mantenerse por un plazo que vencerá el 31 de diciembre de 2024", agrega el texto publicado este viernes.

Podrán optar por el diferimiento los suscriptores "con contratos vigentes, en período de ahorro y adjudicados, que adeuden cuotas, y en este caso hayan o no recibido el vehículo, y también aquellos cuyos contratos a la fecha de vigencia de la presente y desde el 1° de abril de 2018, se hallen extinguidos por renuncia, rescisión o resolución".

Quedarán afuera de este beneficio los suscriptores "que hubieran promovido causas judiciales, obtenido medidas cautelares con incidencia sobre el pago de sus cuotas o que estén adheridos a otros regímenes de diferimiento y que se mantengan en tal situación a la fecha de vencimiento del plazo para ejercer la opción prevista en el artículo anterior", se especificó.

Para argumentar la decisión, desde el Gobierno señalaron la alta tasa de inflación registrada en el curso de los últimos años, "lo cual ha afectado tanto al sistema en sí mismo como a los intereses particulares de los suscriptores consumidores y los de las sociedades administradoras".

"Los fuertes incrementos que sufrieron los precios de los bienes y, en particular los de los automotores (...) determinaron el incremento de las cuotas de ahorro y de amortización que debían pagar los suscriptores como medio de consecución de los bienes. Ello ocasionó crecientes dificultades por parte de los suscriptores para afrontar los pagos comprometidos, lo que puso en crisis al sistema como medio de acceso masivo a bienes de consumo durable como los automotores", apuntaron.

Este aumento de las cuotas, resaltaron, "ha interferido negativamente en la planificación financiera y la estabilidad económica de las familias", muchas de ellas debiendo quedando excluidos de los planes o forzados a abandonar el sistema por propia decisión.

Cambian los planes de ahorro 0 km: cómo deberán cancelarse las cuotas  

  • Contratos adjudicados en mora: al momento de ejercer la opción.
  • Contratos ahorristas, rescindidos, renunciados o resueltos: al momento de ser adjudicados. Si efectuaren oferta de licitación y fueren adjudicados, el monto de la cantidad de cuotas puras licitadas se imputará a la deuda vencida.

El recupero de los montos correspondientes a los porcentajes de cuotas diferidos se hará por los suscriptores mediante el pago de cuotas suplementarias a partir del mes siguiente al vencimiento del plazo de finalización de los contratos o a la cancelación de la última cuota en caso de que existieran anticipos de cuotas que redujeran el plazo del contrato.

El monto de ninguna de ellas podrá exceder el de una (1) cuota -alícuota + carga administrativa + seguros-. Las cargas administrativas deberán calcularse sobre el porcentaje de valor móvil efectivamente cancelado en cada cuota suplementaria.

La resolución de la IGJ

Resolución General 17/2024 by Cronista.com