ru24.pro
World News
Август
2024

Atención contribuyentes: ¿A partir de cuánto dinero los bancos deberán informar a la AFIP?

0

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció los montos máximos de dinero que podrán transferirse o tenerse en una cuenta bancaria, sin que la entidad financiera deba justificar la procedencia de dichos movimientos. 

El objetivo de la nueva reglamentación es que el organismo pueda llevar a cabo un control sobre las transacciones, saldos y consumos que provengan tanto de una cuenta virtual como de entidades financieras. Así, se garantizará una mayor transparencia en el sistema.

¿Cuánto dinero se puede tener en las cuentas sin que los bancos deban informar a la AFIP?

El organismo modificó la Resolución General N° 4298, que regula la obligación de informar de las entidades financieras.   

De acuerdo a la nueva reglamentación, en el caso de acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales el monto mínimo se elevará de $ 200.000 a $ 700.000.

El consumo con tarjetas de débito del titular y adicionales, en tanto, se ampliará de $ 120.000 a $ 400.000. 

Por otra parte, AFIP estableció un nuevo régimen para los sujetos que administran, gestionan, controlan o procesan movimientos activos a través de plataformas de gestión electrónicas o digitales. En este caso, el monto de ingresos o egresos totales ascenderá a $ 400.000 y el de saldos mensuales a $ 700.000.

Vale destacar que estos montos se actualizarán cada seis meses, de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC).

Billeteras virtuales: ¿Cuánta plata podrán tener a fin de mes sin que los bancos notifiquen a la AFIP?

Las billeteras virtuales, como Mercado Pago, Modo o Cuenta DNI, cobraron una gran relevancia en el último tiempo, al ser una gran alternativa al dinero físico a la hora de realizar una compra o una transacción. Sin embargo, tienen ciertas reglamentaciones en su uso.

Cada una de ellas están obligadas a informar sobre dinero en cuenta, transferencias y consumos a la AFIP cuando "el saldo final mensual de las cuentas, al último día hábil del período mensual informado resulten iguales o superiores en el mes, en valores absolutos, a $ 700.000".

Asimismo, en caso de tratarse de montos expresados en moneda extranjera, moneda digital o criptomoneda, los titulares deberán efectuar la conversión a la moneda de curso legal y sostener el mismo límite de dinero.