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Июль
2024

El PP abre la puerta a legalizar un parque acuático de Menorca construido en suelo protegido

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El parque acuático Splash de Biniancolla (Sant Lluís) acumula polémicas desde que abrió sus puertas en el 2015. No sólo porque se halla en suelo protegido, sino porque en 2014 el Consell Insular de Menorca decidió retirar su declaración de interés general, lo que consecuentemente dejó a la mole de toboganes verdes al borde de la ilegalidad. El tira y afloja entre las administraciones y la propiedad –la empresa Minura Hotels– podría tener un nuevo episodio si finalmente el PP, que gobierna en el Consell Insular, modifica el Plan Territorial Insular (PTI) y permite la legalización de las construcciones en suelo rústico.

La modificación del Plan Territorial Insular de Menorca es, desde que el PP asumió el nuevo gobierno hace un año, un objetivo político central para Adolfo Vilafranca. El presidente del Consell Insular ha declarado en varias ocasiones su voluntad de modificar la normativa que establece restricciones al crecimiento urbanístico en suelo rústico. Teniendo en cuenta que casi el 70% del territorio insular está considerado dentro de las distintas tipificaciones de suelo rústico, la modificación de la norma busca abrir la puerta a nuevas construcciones.

Noemí García, portavoz de Més per Menorca, asegura a elDiario.es que, desde un principio –e incluso antes de su construcción–, el parque ha sido objeto de numerosos informes técnicos en contra: “Durante el mandato de Santiago Tadeo, entre 2011 a 2015, el Partido Popular declaró de interés general este parque acuático ubicado en una parcela en rústico justificando que estas instalaciones ayudarán a desestacionalizar la temporada turística. Para ello, se obviaron dos informes del Consell que fueron desfavorables, y se encargó un informe externo que avaló la declaración de Interés General permitiendo así su construcción”. 

Según señala la consellera ecosoberanista, su espacio político reaccionó entonces interponiendo un recurso de alzada para suspender la ejecución de las instalaciones en defensa del medio ambiente. “Si damos por válido que un parque acuático contribuye a desestacionalizar el turismo, entonces cualquier proyecto acreditado por un informe político de turismo también se podrá hacer realidad”, insiste García. “Estamos frente a otro claro ejemplo de urbanismo a la carta”, enfatiza.

Claudia, que es vecina de la urbanización de Biniancolla y dueña de un histórico restaurante de la zona costera, asegura que el Splash “no ha ayudado en nada” a traer más turistas fuera de temporada y que la pretendida desestacionalización que traería aparejada el parque nunca sucedió. “La verdad es que los turistas que visitan el parque son casi todos del hotel que está al lado, entonces tampoco es cierto que los comerciantes locales nos hayamos beneficiado en nada con este parque”, señala la empresaria en diálogo con elDiario.es.

Amenaza con cortar la luz

Tras la revocación del Interés General, el Ayuntamiento de Sant Lluís –municipio donde se encuentra ubicado el parque– procedió a anular la licencia para la explotación de las instalaciones. Desde entonces, y a pesar de existir un fallo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears de octubre de 2023 donde se ratifica que el parque debe cerrar por carecer de Interés General y hallarse en rústico, el tira y afloja entre las instituciones y la empresa se dirime en un largo y complejo fárrago judicial.

Francisco Javier Jiménez de Cisneros Cid, catedrático en derecho administrativo y abogado de la empresa promotora, explica a elDiario.es cuál ha sido la estrategia seguida para mantener las puertas y los toboganes del parque Splash de Biniancolla abiertas y funcionando: “Nosotros impugnamos la decisión de la revisión de oficio, después de que el Ayuntamiento revocara la licencia, ante el Juzgado 3 de lo Contencioso Administrativo de Palma en el que hemos solicitado la adopción de medidas cautelares sin que este incidente se haya resuelto definitivamente. Consideramos que la jurisprudencia del Tribunal Supremo y la doctrina del Tribunal Constitucional establecen que mientras los jueces y tribunales resuelven sobre una demanda de tutela cautelar en un recurso contencioso administrativo no puede la Administración ejecutar el acto cuya legalidad se cuestiona, pues tal proceder estaría impidiendo al órgano judicial pronunciarse de manera efectiva sobre la tutela cautelar”. Es decir, que mientras el Juzgado no resuelva la cautelar solicitada, el parque continúa abierto. 

Mientras los asuntos de palacio van despacio, el verano calienta las playas de Menorca y el turismo estacional ya ha llegado a Biniancolla pidiendo sol y toboganes de agua a razón de 20 euros los menores de edad y 25 los adultos. Por su parte, el Ayuntamiento de Sant Lluís, apelando a la falta de licencia con que opera el parque acuático Splash, notificó el pasado 13 de junio a la empresa que debía cerrar sus puertas so amenaza de cortar el suministro de luz y agua y precintar la entrada si no se cumplía la orden en un plazo de 48 horas. Huelga decir que los dueños del parque hicieron caso omiso de las advertencias del Ayuntamiento. A propósito de este pulso entre Sant Lluís y Minura Hotels, el letrado Cisneros insiste en el amparo jurídico: “Mientras no se resuelva la pieza de medidas cautelares, no hay obligación de cerrar la actividad y explotación del parque ni, menos aún, pueden precintar las instalaciones y ordenar el cierre”.

El Ayuntamiento de Sant Lluís notificó a la empresa que debía cerrar sus puertas so amenaza de cortar el suministro de luz y agua y precintar la entrada si no se cumplía la orden en un plazo de 48 horas. Los dueños del parque hicieron caso omiso de las advertencias del Consistorio

A pesar de las argucias judiciales y de las estrategias de abogados y empresarios, es probable que el parque deba cerrar. El problema derivado del posible cierre es que la empresa promotora podría solicitar una compensación económica en concepto de indemnización que podría alcanzar los 30 millones de euros. Consultada sobre este punto, la consellera Noemí García enciende las alarmas. “¿Quién debe asumir esta indemnización? ¿Los ciudadanos? El promotor puede defender sus intereses y reclamar lo que quiera, pero: ¿no ha hecho negocio durante años con una actividad ilegal? Tal vez sea él quien debería indemnizar a la sociedad menorquina. Además, detrás de estas irregularidades en torno al parque hay responsables políticos, todavía en activo, que también deberían asumir sus responsabilidades”, reflexiona.

¿Un nuevo PTI a la carta?

Sobre la modificación del PTI, el propio presidente del Consell Insular ha reconocido en varias ocasiones su voluntad de modificar la normativa para, entre otras cosas, legalizar construcciones ilegales hechas sobre suelo rústico –como el parque Splash–, aunque ha matizado que solo se permitirán legalizar edificaciones “que no tengan expediente sancionador u orden de demolición”. Por su parte, el conseller de Cultura, Juan Domingo Pons Torres, fue un paso más allá y especificó en una entrevista reciente a IB3 Ràdio que desde el Partido Popular trabajan “para aportar, desde la legalidad, una solución jurídica para resolver la situación del parque Splash”. elDiario.es ha contactado con la consellera de Ordenamiento Territorial de Menorca, Núria Torrent, que no ha respondido a las preguntas.

Ante estas declaraciones, desde la oposición señalan que es un “trato de favor” y que una iniciativa que modifique el PTI en beneficio de un particular podría ser considerada prevaricación. “Implica modificar la normativa recalificando el solar donde se construyó el parque o revisar sus usos para que se pueda ubicar tal instalación. Cuando existe una sentencia judicial firme en contra es hacer urbanismo en la carta y puede tener claros signos de prevaricación”, ha señalado a elDiario.es la portavoz del PSOE de Menorca, Susana Mora. Además, ha añadido que “si lo que quieren hacer es revisar los usos de todos los solares con las mismas características que pueda haber en Menorca lo que buscan es cambiar el modelo urbanístico de la isla, permitiendo parques acuáticos en todo el suelo rústico protegido”. Por su parte, Noemí García ha señalado a elDiario.es que considera esta iniciativa “un error, una incoherencia y una falta de respeto hacia la sociedad”. “¿Qué mensaje se envía así a la ciudadanía desde la administración pública? La administración pública no puede primar el interés particular por encima del colectivo”, comenta.

El abogado del Splash relativiza las interpretaciones de las conselleras opositoras y considera que en las declaraciones del conseller Pons Torres no hay indicios de prevaricación. “¿Cómo va a ser prevaricación una opinión?”, se pregunta en diálogo con elDiario.es, y añade que “habrá que ver si se adopta esa modificación efectivamente, los pasos y trámites, los informes técnicos y jurídicos y el objetivo final de la modificación del PTI”.