Sumar y los socios exigen al PSOE prohibir por ley la compraventa de armas a Israel
Sumar se une a los socios del Gobierno contra Pedro Sánchez. El partido de la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, estampa su firma junto a ERC, Bildu y el BNG en una proposición de ley que busca exigir al PSOE una modificación legal que avale el embargo de armas a Israel.
Segúj un informe del Centro Delàs de Estudios por la Paz, el Gobierno ha comprado armas a Israel por valor de 1.037 millones de armas desde el pasado mes de octubre y, a la vez, España ha vendido munición a Israel por un millón de euros, mientras que desde el Gobierno de España rehusan cualquier ilegalidad. Esto ha servido a los socios en el Congreso de los Diputados a registrar una iniciativa con el objetivo de "preservar la paz y la seguridad social, proteger los derechos humanos y prevenir el comercio ilícito de armas". Aseguran estos partidos que el embargo de armas es "una medida esencial dentro del conjunto de herramientas diplomáticas y coercitivas disponibles para los Estados que integran la comunidad internacional".
Defienden en la proposición de ley a la que ha tenido acceso este periódico que "los embargos de comercio de armas a determinados países no solo son una herramienta legitimada por el Derecho Internacional sino que permiten a los Estados de forma individual cumplir con sus obligaciones de no asistir, reduciendo la violencia que ejercen los Estados embargados y evitando que sigan cometiendo crímenes contra la humanidad".
Concretamente, los socios del Gobierno exigen que el embargo de armas sea posible en los estados que hayan sido demandandos ante un Tribunal internacional cuya jurisdicción haya sido ratificada por España por la comisión de un crimen de genocidio o crímenes de lesa humanidad, entre otros, según la modificación que solicitan del artículo 15.1 de la Ley 53/ 2007. Proponen también una modificación del artículo 15.2 con el objetivo de que la Secretaría de Estado de Comercio dictará una resolución declarando formalmente la aplicación del embargo en el plazo de 15 días naturales a contar desde la fecha en la que haya tenido conocimiento de la demanda ante el Tribunal competente. También, el artículo 3, para que el embargo se mantenga de forma indefinida durante el tiempo que dure el procedimiento judicial contra el Estado destinatario del embargo.
La aplicación del embargo supondrá, según la iniciativa, la prohibición de toda venta, suministro, transferencia o exportación que tenga como destino directo o indirecto el territorio del Estado destinatario del embargo, por parte de personas físicas o jurídicas nacionales o residentes en España, o desde el territorio del Reino de España, o utilizando buques o aeronaves que enarbolen pabellón nacional, sean o no originarios de España. Citan material de defensa, misiles, armas de fuego, o combustible para aeronaves, carros de combate, entre otras.