Bienes Personales: la estrategia del pago adelantado y la definición clave para Caputo
Tras la aprobación de la Ley Bases y el capítulo fiscal en la Cámara de Diputados, se espera por su publicación en el Boletín Oficial en los próximos días y la reglamentación de las medidas tributarias, entre ellas el Régimen Especial de ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP).
El cual dará la opción a los contribuyentes de realizar un pago unificado y anticipado del impuesto por los periodos fiscales desde su entrada en vigencia hasta el año 2027, pero que no será conveniente para todos los casos.
Los especialistas consultados por El Cronista estuvieron de acuerdo en que la decisión de adhesión al REIBP se debe estudiar caso por caso según el tipo de contribuyente, aunque remarcaron que existen ciertos escenarios en donde la propuesta del oficialismo se vuelve más atractiva.
"La conveniencia hay que analizarla caso por caso, siempre considerando cuál es la expectativa de crecimiento o reducción patrimonial de los próximos cinco años", aseguró la socia de LFS Tax, Florencia Fernández Sabella.
Así, habría una clara diferente de incentivos entre una persona de 40 años en plena actividad económica con posibilidad de tener un incremento patrimonial y la de una de 75 años que probablemente haya comenzado a consumirlo.
Una postura que compartió el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, quien sostuvo: "Depende de cuál es la edad del contribuyente y de cómo está compuesto su patrimonio. Si es grande y no va a ampliarlo en el futuro, va a tener alícuotas bajas que no lo van a incentivar a ingresar. Caso contrario sería el de aquel que va a incrementarlo, ya que con el ingreso no solo va a garantizar lo que está pagando, sino también lo de los próximos años".
A su vez, de que quienes adhieran, obtendrán el beneficio de la "estabilidad fiscal" de 2028 a 2038, el cual impedirá pasado esa fecha la aplicación o creación de impuestos nacionales patrimoniales mayores al 0,25% cualquiera sea el Gobierno de turno.
"Da una garantía, seguridad jurídica del porcentaje", comentó Domínguez. Aunque, alertó, que es a nivel nacional y que una vez que termine el REIBP, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) podrían generar un impuesto patrimonial, pero que en muchos casos "sería fácil de eludir con un cambio de domicilio".
Un beneficio que también lo remarcó el socio de Expansión, Diego Fraga, para quien incluso el Régimen despertó más interés que el blanqueo de capitales. "Si bien este último es bastante barato (si se estructura de manera eficiente) los mercados todavía temen cualquier eventual viraje futuro en el rumbo económico del país", sostuvo.
Los ingresos para Caputo
En palabras del presidente Javier Milei, la reducción de 10 puntos porcentuales de la alícuota del impuesto PAIS (del 17,5% al 7,5%, mismo porcentaje que lo aumentó Caputo en diciembre) se llevará a cabo cuando los ingresos del capítulo fiscal empiecen a correr que se proyecta en agosto-septiembre.
En la hoja de ruta que marcó el Ministerio de Economía en diciembre pasado se planteaban ingresos por 0,5% del Producto Bruto Interno (PBI) de la sumatoria del Régimen de Regularización de Activos, la moratoria y el REIBP.
Cuyo ingreso a las arcas del estado dependerá de cómo lo redacte Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). "El artículo 61 marcó que en la reglamentación se determinara el método y la fecha de pago ", destacó el socio de Ghirardotti & Ghirardotti, Mariano Ghirardotti con todos los incentivos para que se produzca este año.
Pero en gran medida va a depender de la voluntad de adhesión al Régimen. "Es probable que sea buena, sobre todo en patrimonios significativos y con expectativa futura de crecimiento. Hay algún incentivo también a que exista adhesión "familiar" en casos donde puedan existir futuras herencias, donaciones patrimoniales", concluyó Fernández Sabella.