La nueva normativa que tiene que cumplir el ascensor de tu comunidad de vecinos a partir de hoy para no quedar fuera de servicio
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Que España es un país cuyo parque inmobiliario ha crecido en vertical lo explica los 1,1 millones de ascensores que tiene operativos, el país europeo que más. El 40% de ellos, unos 400.000 tendrá que empezar a adaptarse a la nueva Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 a partir del próximo lunes 1 de julio. La nueva normativa, aprobada en Consejo de Ministros en abril, pretende reforzar la seguridad de los elevadores, con un gasto para las comunidades de propietarios que no será baladí y puede ascender hasta los 65.000 euros si se requiere de cambiar la cabina al completo. Las cabinas tendrán que lograr una precisión de nivelación y parada en todas sus plantas de 10 milímetros y añadir un sistema de comunicación bidireccional entre cabina y centro de 24 horas, explican desde La Federación Empresarial Española de Ascensores (Feeda). También se exigirá que los aparatos dispongan de pesa cargas en cabina, para evitar que arranque si detecta que se supera la carga máxima y, en el caso de los ascensores con puertas automáticas, se deberá introducir una barrera fotoeléctrica que tiene la función de bloquear el cierre de puertas cuando detecta objetos a media altura, entre otras mejoras. La renovación no tendrá por qué ser inmediata y pueden demorarse hasta cuatro años si al ascensor no le toca inspección hasta 2028. Es decir, si la última revisión (con resultado favorable), por ejemplo, fue en abril de 2024, el elevador no tendrá que volver a pasar la inspección obligatoria hasta abril de 2028. Siguiendo ese supuesto, será ese momento será cuando el inspector redacte los elementos a daptar y se establezcan los plazos para acometer las modificaciones necesarias. La horquilla del coste es muy amplia y dependerá de la antiguedad del ascensor y de las mejoras a implantar. Estas pueden ser mínimas y suponer un desembolso de apenas 100 euros o elevarse a alrededor de los 10.000. En el caso de que se requiera cambiar el elevador al completo, entonces la factura podría ascender a 65.000 euros. Las posibles subvenciones dependerán de si las comunidades autónomas disponen de líneas para la adaptación de las cabinas. En Baleares, por ejemplo, irán a cargo de los fondos disponibles para la rehabilitación de edificios y viviendas con enfoque de mejora energética. Las comunidades de vecinos que no se adapten a la nueva normativa se exponen a multas que oscilan entre los 3.000 y los 600.000 euros conforme se redacta en el título V de la Ley 21/1992 del 16 de julio, en función de si las infracciones son leves, graves o muy graves.