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Май
2024

Las empresas privadas no son el problema de la sanidad

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El pasado 13 de mayo salió a consulta pública un documento inspirador de la ley que se anuncia de Gestión Pública e Integridad del Sistema Nacional de Salud.

Ese mismo día, la titular del Ministerio de Sanidad hacía unas declaraciones públicas presentando esta ley, utilizando el lema de "la sanidad no se vende, se defiende", hablando de "comisiones, lucros incesantes y beneficios obscenos", y de que se trata de "garantizar el derecho a la salud y no las cuentas de resultados de las empresas privadas".

Tanto del texto de la consulta como de las declaraciones de la ministra pueden deducirse las intenciones del Gobierno.

Hablando de gestión pública, lo único que preocupa al Gobierno es la participación de empresas privadas en el servicio sanitario público, que algunos llaman "privatización". Parece que no hay problemas con el modelo de gestión, ni con la política de recursos humanos, ni con la orientación a los pacientes, ni con la productividad, ni con la eficiencia, ni con la financiación. El único problema de la gestión pública es la colaboración de la empresa privada en el servicio público. Como si las empresas privadas sanitarias, lejos de ser un activo del sistema y un posible socio estratégico, con las que se pueden llegar a acuerdos basados en las prioridades públicas, la mutua confianza y la seguridad jurídica, fueran un cáncer a extirpar.

Esto fundamentalmente es un mal diagnóstico de nuestro sistema. Y ya es sabido que si el diagnóstico no es el correcto, malamente se dará con el tratamiento adecuado.

Se pretende derogar la ley 15/1997, por considerar que abrió la puerta a la "privatización" del Sistema Nacional de Salud. Sin tener en cuenta que esa ley solo es un marco general y que la colaboración del sector privado con el sistema sanitario público es muy anterior a esa norma. Y que, por otra parte, esa ley fue objeto de un amplio consenso y recibió los votos a favor del PP, PSOE, CiU, PNV y CC. Solo votaron en contra el BNG e IU. Eran otros tiempos, en los que eran posibles y se buscaban los acuerdos.

La ley hace énfasis, llevándolo al título, en el concepto de "Integridad". ¿Qué es Integridad? Si por Integridad se entiende orientación hacia la salud, prioridades públicas, y evaluación de la calidad y de los intereses de los pacientes, estamos de acuerdo. Si de lo que se trata es de establecer un monopolio por parte del sector público en la prestación de los servicios sanitarios públicos, con eso seríamos una excepción en Europa, ya que lo característico de las sociedades complejas y desarrolladas es la existencia de un sector sanitario público, que coexiste con un sector privado colaborando en el servicio público.

La clave es entender que servicios públicos no significa gestión necesariamente pública. Por otra parte, los sistemas de salud no se legitiman en ideales sanitarios y políticos abstractos, como la "Integridad", sino por el cumplimiento de sus fines reales: cuidar, curar, prevenir, rehabilitar y tranquilizar.

Parece que quiere establecerse una discriminación entre empresas privadas con beneficio empresarial y empresas benéficas, cuando lo razonable es realizar una evaluación en función de coste y calidad. Con ello se limitaría la participación del sector privado en el servicio público al muy minoritario sector benéfico, generalmente ligado a instituciones religiosas. Lo que dejaría fuera al grueso del sector privado y a la parte más dinámica del mismo.

Existe en el texto presentado una carencia absoluta de análisis del impacto de las medidas que se proponen tanto sobre los pacientes como sobre los profesionales, con los que no parece que haya habido diálogo previo.

Hasta aquí las malas noticias y las razones de preocupación ante las intenciones del Gobierno o, al menos, de la parte de Sumar del mismo.

Pero existen también motivos para el optimismo. El primero es que la ley nunca se va a aprobar. No estamos ante una legislatura para aprobar leyes, sino para hacer publicidad con los anuncios de leyes. Y en ello estamos. El destino es idéntico al de la ley de equidad, universalidad y cohesión (la llamada Ley Darias).

Pero, aún en el caso de que se aprobara, su impacto iba a ser mínimo: la opción por el tipo de gestión en el Sistema Nacional de Salud es un tema transferido y, por lo tanto, corresponde a las comunidades autónomas aplicarlo. Sus consecuencias en la asistencia y en el aumento de costes iban a ser de tal calibre que harían imposible su aplicación.

Resulta difícil poner en marcha una ley cuyos principios son tan contrarios a los vigentes en Europa y a lo que viene siendo práctica en nuestro sistema desde hace ya muchas décadas.