Secretaría de Igualdad Sustantiva pide flexibilizar Ley de Amnistía a mujeres violentadas
Para que el pago de reparación del daño no se convierta en un impedimento para que mujeres violentadas accedan a la amnistía, la secretaria de Igualdad Sustantiva, Fela Patricia Pelayo, solicitó al Poder Legislativo revisar los requisitos planteados en el proyecto de ley, que está por aprobarse y buscar alternativas de apoyo a las mujeres que no cuenten con los recursos.
La funcionaria destacó que y planteó que, dentro del dictamen o en otra reforma, se analice ampliar el beneficio para mujeres violentadas que hayan sido orilladas a cometer otro delito o darles el beneficio por condiciones de salud.
"Hay una situación, de que no se consideró la razón de género y se afectó a la mujer por años. Tendremos que considerar quién va a ayudar a las mujeres para pagar fianzas que pueden ir desde los 200, 300 hasta 800 mil pesos", comentó.
El diputado Salvador Caro, promotor de la legislación, aclaró que
"Evidentemente si conocemos de derecho, nos damos cuenta que no podemos violentar derechos de las víctimas. Son dos aspectos, está la persona procesada (sin visión de género) pero también las víctimas del delito. La única manera es que la parte afectada, en este caso los familiares (del hombre asesinado); den por satisfecha la reparación del daño", explicó
El legislador emecista refirió que
La magistrada Verónica Elizabeth Ucaranza, que colaboró en la elaboración de la iniciativa, pidió no anticipar vísperas, señalando que el pago de fianzas vaya a frenar a liberación de mujeres a las que se pretende beneficiar con la amnistía. Sostuvo que se tendría que revisar caso por caso y consideró que con el nuevo sistema de justicia penal si se aplica la perspectiva de género en apoyo a las mujeres violentadas.
SABER MÁS
Debe acreditar tener antecedentes de sufrir violencia sistemática, ya sea física o sexual, por parte del sujeto al que privó de la vida y que este haya sido su esposo, cónyuge o pareja sentimental. Además, no tener antecedentes penales por delitos dolosos, ni sentencias por otros delitos.
LS
