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Renuncia a pedir el reingreso en la academia de Zaragoza tras ser absuelto de violación

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  1. “No quiere saber nada de los militares”
  2. Dudas sobre el consentimiento
  3. Relaciones sexuales que “contra la dignidad militar”
Alumnos de la Academia General Militar, de Zaragoza (Foto: José Ruiz / Europa Press).

Una dama cadete de la Academia General Militar, de Zaragoza, denunció en 2021 a dos compañeros de su mismo curso por, según ella, haberla violado en la ducha de una camareta de alumnos.

Confidencial Digital desveló públicamente ese caso, que causó un gran revuelo dentro del centro docente militar en el que se forman los futuros oficiales del Ejército de Tierra.

Tres años después, el Tribunal Supremo confirmó la sentencia que sobre ese caso había dictado el Tribunal Militar Territorial Tercero.

A uno de los cadetes denunciados le cayeron dos años y ocho meses de cárcel por un delito de abuso sexual, y cuatro meses por un delito contra los derechos fundamentales entre los militares en su modalidad de realizar actos de abuso sexual.

El otro acusado resultó absuelto “con todos los pronunciamientos favorables”, al no haberse acreditado que él conociera la negativa de la joven a mantener relaciones sexuales, negativa que la víctima sí trasladó al condenado.

El diario Heraldo de Aragón había desvelado en noviembre de 2023 la sentencia de instancia. En la noticia contó que “los dos acusados fueron expulsados de la Academia General Militar de Zaragoza tres meses después del suceso, en agosto de 2021, dado que se les aplicó una baja disciplinaria por comportamiento indebido”.

“No quiere saber nada de los militares”

Cuando el Tribunal Supremo confirmó la absolución de uno de los cadetes, Confidencial Digital consultó con su defensa del ex cadete absuelto, para saber si cabía la posibilidad de que pidiera el reingreso en la Academia General Militar.

Tanto el ex cadete condenado como el absuelto fueron defendidos en ese proceso judicial por el abogado Antonio Suárez-Valdés, especializado en Derecho Militar.

Fuentes de la defensa aseguraron entonces que entendían que sí existía esa posibilidad, y que estaban valorando si presentaban una solicitud para que el Ejército de Tierra readmitiera en la academia de Zaragoza a este joven, que fue expulsado cuando estaba en Primer Curso.

La sentencia del Supremo se conoció a finales de abril. ECD ha podido saber ahora que el joven absuelto ha renunciado a pedir el reingreso en la Academia General Militar.

Tras haber sido apartado de la academia en su primer año en Zaragoza, “acabó muy quemado con el tema”.

Pasados tres años de la denuncia que derivó en su suspensión como alumno, “no quiere saber nada más de los militares”, y por tanto ha descartado solicitar, e incluso pelear si hubiera sido necesario, por completar su formación para convertirse en teniente del Ejército de Tierra e iniciar así su carrera militar.

Dudas sobre el consentimiento

Los tribunales absolvieron a este hombre “con todos los pronunciamientos favorables” de las acusaciones de haber cometido un delito abuso sexual (del Código Penal ordinario previo a la ‘ley del sólo sí es sí’), y de delito contra los derechos fundamentales entre los militares en su modalidad de realizar actos de abuso sexual del artículo 49 del Código Penal Militar.

Su compañero sí fue condenado a penas de cárcel por esos dos delitos.

Según las sentencias, de las declaraciones de los testigos que depusieron en el acto del juicio oral, las periciales practicadas y la prueba documental obrante en la causa se deducía “la existencia de dudas sobre los hechos que forzosamente deben ser probados, en concreto, si, en el caso que nos ocupa, el caballero cadete cuando mantuvo las relaciones sexuales con la dama cadete era consciente de la revocación del consentimiento por parte de esta”.

Relaciones sexuales que “contra la dignidad militar”

Pero la sentencia del tribunal militar y la del Supremo declararon como hechos probados que el cadete absuelto sí mantuvo relaciones sexuales en las duchas de una camareta con la dama cadete, como también lo hizo el alumno que sí fue condenado.

Según Heraldo de Aragón, los dos fueron expulsados de la academia de Zaragoza, cuando aún no había sentencia ninguna, mediante una baja disciplinaria por comportamiento indebido.

La Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, considera en su artículo 7.29 que es falta gravemantener relaciones sexuales en instalaciones militares, buques, aeronaves o campamentos, o durante ejercicios u operaciones, cuando, por las circunstancias en que se lleven a cabo o por su trascendencia, atenten contra la dignidad militar”.

Las faltas graves se pueden castigar con cuatro sanciones distintas: sanción económica de ocho a quince días, arresto de quince a treinta días, pérdida de destino o, en el caso de los alumnos, baja en el Centro Docente Militar de Formación.

En este caso, las sentencias judiciales constatan que el ex cadete absuelto mantuvo relaciones sexuales en una instalación militar, como es la Academia General Militar, de Zaragoza.

Pero hubiera quedado a la valoración de la autoridad disciplinaria, en este caso concreto, si esas relaciones sexuales atentaron “contra la dignidad militar”, teniendo en cuenta las circunstancias en que se llevaron a cabo y su trascendencia.

Acto solemne de apertura del curso académico 2024-2025 del Ministerio de Defensa en la Academia General Militar de Zaragoza (Foto: Ramón Comet / Europa Press).